TERCER MÓDULO:
LAS ALIANZAS ENTRE SECTORES

Alianzas y convenios desde la perspectiva tributaria y financiera

LA EXPERIENCIA DE LAS ONGs FINANCIERAS

Yamil Zúñiga Montenegro
Fundación Augusto C. Sandino
Nicaragua

1.- Introducción

A partir de 1980, el impacto de las ONGs, en la vida de los sectores más empobrecidos de la población centroamericana, constituye para los pueblos de la Región, uno de los fenómenos económico-sociales más importantes de las últimas décadas del Siglo XX. Fenómeno que particulariza las propuestas y respuestas de los grupos organizados más avanzados, de la sociedad civil de la región, frente a los devastadores efectos de los conflictos bélicos, las incapacidades políticas y la imposición de los programas de ajuste estructural; situación agravada por los sucesivos fenómenos naturales, que han afectado la región.

No abundaré en detalles acerca del desarrollo histórico de las ONGs en Centroamérica, ni de las causas que propiciaron su accionar, ya que ello constituye un tema que ha sido ampliamente abordado en diferentes foros y estudios y por ende es de todos conocido.

Me referiré en esta exposición a las llamadas, "ONGs Financieras", las que precisamente son una muestra más que evidente, de esa capacidad de respuesta que tiene nuestra sociedad civil , frente a las realidades agresivas del injusto orden económico mundial.

Esta exposición se basa en la experiencia nicarag¸ense, que en alguna medida es similar a la de otros países del área.

2.- Antecedentes

El surgimiento en número muy reducido, de los primeros ONGs en Nicaragua, data de los años 60, ligados en mayor o menor medida a grupos religiosos y en algunos casos a determinadas corrientes de pensamiento político y signados por un concepto de ayuda filantrópica. En la década del 70, la situación económico-política y el incremento de la participación popular en las luchas reivindicativas, permitió el desplazamiento gradual del concepto de ayuda, como sinónimo de caridad o filantropía, trascendiendo a un concepto más desarrollado, en cuya esencia, su accionar debía contribuir a impulsar, las transformaciones sociales y económicas, dirigidas a la construcción de modelos de desarrollo más democráticos y participativos.

En la década del 80, surgen una gran cantidad de ONGs , estrechamente ligadas al proceso revolucionario y abocados a la tarea de captar recursos, para el sostenimiento de los programas de salud, educación, producción etc., seriamente afectados por el bloqueo que los Estados Unidos de América, impuso a Nicaragua. En esta década el accionar de los ONGs, quedó fuertemente marcado por el concepto asistencialista de los mismos, en conjunción con el modelo económico-social impulsado por la Revolución Sandinista.

La coyuntura internacional y el atractivo que motivó la revolución, permitió una amplia cooperación de países, agencias y organizaciones privadas, con Nicaragua y en particular con los ONGs, quienes recibieron donaciones considerables, en recursos y medios materiales y técnicos , los que a su vez fueron trasladados a los beneficiarios, en calidad de donación. Ello no contribuyó eficazmente, a fomentar en éstos actitudes y conductas, que propiciaran su propio desarrollo, creando en los beneficiarios actitudes de dependencia. Lo anterior determinó una relación ONG-Beneficiario, precisamente signada por ésa dependencia y que posteriormente tuvo como una de sus consecuencias, serias dificultades para las ONGs en sus programas de crédito.

La década de los 90, con los cambios políticos y económicos acaecidos en Nicaragua y en el mundo, provocaron en nuestro país, entre otras cosas, un mayor deterioro social, afectando profundamente las condiciones de vida de la población e incrementando considerablemente los índices de pobreza y deteriorando muy sensiblemente el desarrollo humano de los nicarag¸enses.

Por otra parte la cooperación internacional disminuyó sensiblemente, al entrar en juego las condiciones establecidas por los organismos financieros internacionales, por medio de los programas de ajuste estructural y subordinar dicha cooperación al cumplimiento de éstos.

Específicamente para los ONGs nicarag¸enses, la cooperación externa de carácter netamente asistencialista o sea las donaciones, que durante los 80 se había recibido, se redujo drásticamente, lo cual provocó serios desajustes en sus planes de trabajo.

No obstante y ante la nueva realidad política, económica y social que, los cambios mundiales y locales provocaron, los ONGs, en coordinación con las agencias privadas de cooperación que tradicionalmente les habían apoyado y con una mentalidad renovada y ajustada al cambio, propusieron nuevas formas de cooperación, iniciándose en diversas ONGs los Programas de Crédito, como una nueva forma de relación con los beneficiarios y de cara a los limitados resultados de las acciones asistencialistas y como un medio de lograr la autosostenibilidad. Programas de Crédito que han funcionado mayoritariamente, con recursos provenientes de donaciones.

Tales programas de crédito, tenían como componentes adicionales, la asistencia técnica y la capacitación. En muchos casos y tomando en consideración que los recursos destinados al crédito, eran en su mayoría fondos donados o sea no retornables, las ONGs establecieron condiciones particulares para el otorgamiento de los créditos, las cuales enumeramos muy someramente:

- Tasas de interés , preferenciales, que en muchos casos no cubrían los costos reales.

- Ausencia de garantías reales o bien únicamente garantías fiduciarias.

- Muy poco análisis de la capacidad de pago de los beneficiarios deudores y de la factibilidad del proyecto a financiar.

- Pocas acciones de recuperación de los créditos.

A lo anterior se unieron los factores que resaltamos:

- La tradicional relación de dependencia ONG-Beneficiario, en la cual el beneficiario es un sujeto pasivo que recibe "ayuda" para subsistir.

- La mentalidad asistencialista de los funcionarios de los ONGs, con poca capacidad de adecuarse a las nuevas condiciones que implica el manejo de un crédito.

- La "Cultura del No Pago" prevaleciente entre los beneficiarios, como consecuencia de la condonación de obligaciones y el asistencialismo prevaleciente en la década de los 80.

- El hecho de que la mayoría de los programas de crédito de las ONGs se dirigieron al sector rural, el cual estaba afectado por problemas de propiedad, inseguridad etc.

- Condiciones climáticas adversas que afectaron severamente los cultivos.

La situación antes referida, tuvo como resultado, altos índices de morosidad en los Programas de Crédito impulsados por las ONGs, con la consecuente pérdida de cartera y recursos, ante la imposibilidad de recuperar muchos de los créditos otorgados. Y además los resultados poco satisfactorios, en los propósitos de convertir en sujetos de desarrollo a los beneficiarios, e insertarlos en una nueva realidad crediticia.

En consecuencia podemos afirmar que, salvo casos muy aislados, la mayoría de las ONGs que surgieron en la década de los 80 o antes, y que a inicios de los 90 establecieron Programas de Crédito, han tenido desde la perspectiva financiera, resultados negativos en este campo, principalmente en lo relativo a la recuperación de los créditos, provocado por las razones antes apuntadas.

La mala experiencia antes mencionada, tuvo como efecto, que las ONGs procedieran a efectuar revisiones de fondo a sus políticas y mecanismos crediticios, y decidieran implementar diferentes medidas, para mejorar sus Programas de Crédito. Entre las cuales mencionamos las siguientes:

- Mayor rigor en la selección de sus clientes tanto individuales como de proyectos, a fin de reducir el riesgo crediticio e incrementar las posibilidades de recuperación.

- Aplicación de mecanismos bancarios en los procesos de otorgamiento de los créditos (tasas de interés, documentación legal, garantías etc ).

- Implementación de sistemas computarizados para propósitos administrativos y contables.

- Especialización crediticia y focalización territorial de sus actividades.

- Búsqueda de nuevas fuentes de recursos financieros, lo cual incluye el acceso a fuentes financieras formales como la banca privada y la banca multilateral.

No obstante lo anterior, los resultados no han alcanzado niveles realmente satisfactorios en los Programas de crédito de las ONGs, en lo que se refiere a los rendimientos financieros, persistiendo niveles altos de mora y dificultades en la recuperación de los créditos, aún cuando la situación es mejor en comparación con los resultados de los inicios de esta década.

Es oportuno hacer notar, que en los primeros años de los 90, nacieron algunas ONGs dedicadas exclusivamente al crédito destinado al sector comercio, que por sus características es más dinámico y con menores riesgos. Estas ONGs desde su inicio aplicaron políticas y mecanismos administrativos y financieros, propios de la banca formal, logrando muy buenos resultados financieros, con bajos Õndices de mora y excelente recuperación.

Lo anterior planteó algunas discusiones acerca del rol de éstas ONGs, que para algunas opiniones no se diferencian en nada, en cuanto a sus procedimientos, con los bancos comerciales. Existiendo también opiniones muy favorables en relación a su capacidad financiera y autosotenibilidad de sus programas.

No quiero dejar de mencionar, que aún cuando el panorama estrictamente financiero de las ONGs en sus Programas de Crédito, no ha sido muy estimulante, es oportuno reconocer que su esfuerzo ha permitido a miles de pequeños productores, industriales y comerciantes, acceder al crédito y tener así la oportunidad de trabajar y subsistir, lo cual indiscutiblemente es muy meritorio, más aún en Nicaragua, donde este sector de población carece de alternativas, ya que el Gobierno no ha tenido capacidad de darles respuesta. Además se ha logrado con el crédito de las ONGs, rescatar de los usureros, a miles de pequeños y medianos beneficiarios.

3.- Situación actual

Partiendo de lo expuesto en el punto anterior, los años finales del presente milenio, nos muestran una marcada agudización del problema de reducción, de las fuentes tradicionales de cooperación, para los Programas de las ONGs.

También el Gobierno de Nicaragua, en aplicación del Programa de Ajuste Estructural (ESAF II), procedió a la liquidación y disolución del denominado Banco Nacional de Desarrollo, el cual era la única alternativa estatal, para atender el crédito de los pequeños y medianos productores, rol que durante los años 90 no fue correctamente cumplida por dicha institución financiera.

A lo anterior se suma la decisión, de la mayoría de agencias extranjeras de cooperación tanto de gobierno como privadas, de condicionar el financiamiento a las ONGs, al hecho de que las mismas sean "entidades reguladas", o sea que estén sometidas a la supervisión en el uso y manejo de los recursos, de un ente superior de supervisión estatal.

Además algunas agencias y organismos de cooperación, han expresado su interés de darle a los recursos que las mismas proveen, el carácter de "fondos retornables", o sea préstamos concesionales, pero al fin y al cabo préstamos y no donaciones. Decisiones que ya han sido implementadas en muchos Programas de Crédito de las ONGs. Lo anterior exige de éstas una mayor responsabilidad en el uso de los recursos y en consecuencia mayor rigor crediticio, a fin de garantizar la recuperabilidad de los créditos otorgados y así poder cumplir con su obligación de retornar los fondos recibidos de los cooperantes. Asimismo dichas fuentes externas de financiamiento, consideran que los ONGs, deben otorgar créditos con tasas de interés, acordes con las del mercado financiero.

En resumen la situación actual de las actividades de crédito de las ONGs presenta las siguientes características:

a. Reducción muy sensible del flujo de fondos no retornables.

b. Necesidad de ser autosostenibles

c. Resultados deficientes desde el punto de vista financiero, de los Programas de Crédito

d. Exigencias de parte de la cooperación extranjera y banca multilateral de "ser entidades reguladas", como condición para acceder a fondos concesionales.

e. La liquidación y disolución del Banco Nacional de Desarrollo, entidad estatal cuya misión, por lo menos en teoría era la de atender prioritariamente el crédito de los pequeños y medianos productores, industriales y comerciantes. Lo cual dejó sin alternativas a éste sector, dejando un amplio espacio de acción a las ONGs.

La situación apuntada, ha provocado la búsqueda y discusión de nuevas alternativas, que permitan a las ONGs, continuar brindando servicios de crédito a los sectores por ellas atendidos, superando los problemas financieros antes mencionados, siendo eficientes en el manejo de los recursos, optimizando resultados y ampliando sus oportunidades de accesar a nuevas fuentes de recursos. Estimándose en 250.000, las pequeñas unidades de producción, que demandan servicios de crédito .

Esta búsqueda ha planteado diversas alternativas:

a. La regulación de las actividades financieras de las ONGs, por parte del organismo estatal competente o sea la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones. Regulación que sería:

- Voluntaria para aquellas ONGs que tienen Programas de Crédito pero no captan ahorros del público.

- Obligatoria para las ONGs, que como parte de sus actividades crediticias, captan ahorros del público.

b. La no regulación, pero optimizando las políticas y procedimientos de crédito haciéndolos eficientes, a fin de obtener resultados positivos que permitan la autosostenibilidad de los programas.

c. La conversión de los Programas de Crédito en nuevas entidades especializadas, de conformidad a los prescrito en la nueva Reforma a la Ley General de Bancos, la cual ha creado la figura de " Entidades Financieras No Bancarias Sin Fines de Lucro".

En mi opinión, la alternativa b) o sea la de No regulación, en el contexto actual, limita en demasía las posibilidades de captación de recursos para las ONGs, ya que como apuntamos anteriormente, las agencias de cooperación, organismos privados de cooperación, y la banca multilateral, están demandando la regulación, como condición para el suministro de recursos para crédito, a las ONGs y no resuelve el problema de identidad de las ONGs.

Considero que las alternativas viables son las contempladas en los numerales a) y c) o sea las actividades reguladas o supervisadas y las nuevas entidades financieras sin fines de lucro.

En la alternativa a), la regulación para ONGs que desarrollan actividades de crédito pero no captan ahorro, se plantea como voluntaria. Si bien la Superintendencia de Bancos contempla tal posibilidad, hasta la fecha no existen experiencias prácticas en tal sentido, por lo que es difícil opinar acerca de la misma. Es más, y esto es una opinión personal, creo percibir poco entusiasmo de parte del Ente Regulador, para incursionar en casos de supervisión voluntaria, la que de efectuarse conllevaría, o bien costos muy altos para el ONG supervisado o bien para la Superintendencia, la cual carece de los recursos suficientes para atender múltiples requerimientos en tal sentido.

Desde otro punto de vista se argumenta, que la supervisión voluntaria no resuelve un problema característico de las ONGs que desarrollando sus actividades humanitarias y asistenciales, han establecido paralelamente actividades de crédito, y es el problema de la confusión en la ejecución de ambas actividades, creando problemas de identidad en la ONG, lo que en la práctica ha provocado el detrimento de una actividad en función de la otra, lo que evidentemente perjudica el funcionamiento general de la ONG y en consecuencia la estabilidad de la misma.

La regulación para ONGs que en sus actividades de crédito también captan ahorro, se torna incuestionable, por cuanto el Estado tiene la obligación de proteger al ahorrante, garantizando por medio de la supervisión, el correcto manejo de sus depósitos.

En cuanto a la alternativa c) o sea la creación de las nuevas Entidades Financiera No Bancarias Sin Fines de Lucro, tal alternativa surge a partir de la Reforma a la Ley General de Bancos y de Otras Instituciones, efectuada en el año de 1995.

Esta nueva figura permite a las ONGs la conversión de sus Programas de Crédito, en nuevas entidades, cuyas características abordaremos en detalle en el Punto siguiente.

Esta alternativa , novedosa, resulta difícil medirla en sus efectos prácticos, ya que hasta la fecha, todavía no tenemos en funcionamiento ninguna de éstas entidades. Si bien conocemos que actualmente existen varias ONGs, que están efectuando los trámites de Ley para convertir sus Programas crediticios en nuevas entidades.

Desde el punto de vista teórico, la creación de las nuevas entidades, constituye para las ONGs una solución muy positiva de los problemas que hemos señalado, por cuanto da repuesta puntual a los aspectos medulares de los mismos y que resumimos así:

a. Permite el ordenamiento administrativo y financiero de la actividad de crédito, al establecer en tal sentido, una serie de regulaciones obligatorias.

b. La eficiencia administrativa presupone mejores resultados en la colocación y recuperación de los créditos.

c. Mejora sustancialmente la imagen de la ONG fortaleciendo la confianza del público hacia la misma.

d. Permite a la ONG accesar a nuevas fuentes de financiamiento y fortalece la relación y confianza de las fuentes tradicionales.

e. Garantiza en buena medida las posibilidades de autosostenibilidad de las actividades de crédito.

Los aspectos positivos de la regulación, antes indicados, también son aplicables para las ONGs , que se someten a supervisión voluntaria u obligatoria, sin transformarse en nuevas entidades.

Las bondades antes apuntadas, tienen sin embargo aspectos que algunos expertos consideran como negativos, en cuanto a que la regulación del ente supervisor, provoca las situaciones siguientes:

- Limita las decisiones del ONG en cuanto a tasas de interés, flexibilidad en selección de usuarios, garantías, plazos etc.

- Se argumenta que los organismos de supervisión actúan con criterios estrictamente bancarios y que desconocen la realidad del sector de los pequeños y medianos productores, atendido por las ONGs, lo cual tendría como consecuencia que, se limitaría muy sensiblemente el acceso al crédito a dicho sector.

- Incrementa sensiblemente los costos de operación de los Programas de Crédito.

- Las transformaciones y el costo de las mismas, que exige la supervisión, no están al alcance de las ONGs pequeñas.

En mi opinión, si bien algunas de las observaciones de los sectores de ONGs, que consideran negativa la supervisión o regulación, tienen algunos niveles de validez, la situación real de las actividades de crédito de las ONGs y la posición de las fuentes de financiamiento, determina la urgente necesidad de la regulación. Y tales problemas pueden ser superados por medio de eficiencia administrativa, creatividad en la implementación de soluciones etc. Por ejemplo en lo relativo a los costos de transformación para las ONGs pequeñas, considero que ello se puede superar, mediante la agrupación de las mismas, por territorio, por actividades, lo cual permitiría distribuir la carga de los costos.

4.- Legislación aplicable a las Entidades Financieras No bancarias Sin Fines de Lucro.

Las Entidades Financieras No bancarias Sin Fines de Lucro, fueron creadas, mediante la promulgación de la Ley de reforma a la Ley General de bancos y de Otras Instituciones, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 102, del 2 de Junio de 1997.

Dicha ley de reforma en su Arto. 2 crea el Titulo VII denominado "Entidades Financieras No Bancarias Sin Fines de Lucro" y reforma los artos 255, 256, 257, 250 y 259 de la Ley General de Bancos.

De tal manera que el Arto. 255 mencionado, define como "Entidades Financieras No bancarias Sin Fines de Lucro", aquellas entidades jurídicas constituidas en forma de Asociación, de conformidad con la Ley Número 147, publicada en la Gaceta, Diario Oficial del 29 de mayo de 1992 y que se dediquen exclusivamente al otorgamiento de créditos, en forma habitual y masiva a los sectores de la pequeña y mediana industria, producción y comercio. Su operación y funcionamiento lo regularán la presente Ley y las disposiciones de la Ley 147, en lo que no se le opongan.

Esta reforma al arto. 255 establece la naturaleza jurídica de las nuevas entidades financieras, determinando que las mismas nacen como Asociaciones, al amparo de lo prescrito en la Ley 147 (Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro); establece el marco de actividades que pueden realizar y las somete al imperio de la Ley General de Bancos.

Lo anterior nos indica que estas nuevas entidades, quedan sujetas a dos leyes:

1.- La Ley 147, que regula el nacimiento, vida y extinción de las Asociaciones Fundaciones y Confederaciones, prescribe los derechos y obligaciones de las mismas, y establece como órgano de control, al Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación.

2.- La Ley General de Bancos y de otras Instituciones, que deposita en la Superintendencia de Bancos, las facultades de autorizar el funcionamiento de la nueva entidad y ejercer la regulación y controles correspondientes.

Lo anterior es jurídicamente sui géneris, por cuanto las nuevas entidades responden a dos ordenamientos jurídicos que por sus disposiciones ejercen controles determinados sobre las mismas.

De tal manera que el nacimiento de una nueva entidad, está sujeto al cumplimiento de las siguientes etapas:

1.- Por una parte, para el nacimiento a la vida jurídica de estas nuevas entidades, se debe cumplir con todo el procedimiento establecido en la Ley 147, el cual prescribe que la Personalidad Jurídica de las Asociaciones la otorga la Asamblea Nacional, siguiendo un proceso similar a la formación de la ley.

2.- Además deben obtener el correspondiente Registro ante el Ministerio de Gobernación, el cual tiene por dicha Ley, facultades de supervisión y además se le debe remitir periódicamente determinados informes relativos al balance contable anual, asimismo los libros de actas y de contabilidad deben ser razonados y sellados por dicho Departamento.

También dicha Ley 147 prescribe la obligación de informar acerca de las donaciones que se reciben, informe que también debe ser remitido al Ministerio de Cooperación Externa.

Tenemos entonces para empezar, a tres entes del Estado, incidiendo en el nacimiento y vida de las nuevas entidades, a saber: Asamblea Nacional, Ministerio de Gobernación y Ministerio de Cooperación Externa.

3.- Una vez cumplido el proceso de obtención de la Personalidad Jurídica , en la Asamblea nacional y el de registro en el Ministerio de Gobernación, pasamos a una tercera etapa:

La reforma al arto.256 de la Ley General de Bancos, establece que la nueva entidad debe solicitar a La Superintendencia de Bancos, la autorización para operar, adjuntando a su solicitud una serie de documentos indicados en este artículo.

El arto 257 define cómo debe estar compuesta la Junta Directiva de la nueva entidad y la representación de la misma. Así como la aplicación de las disposiciones de la Ley de Bancos en materia de Normas Generales de Supervisión, Normas Prudenciales y de Contabilidad, Auditoría y normas técnicas especiales para éste tipo de entidades que dictará la Superintendencia de Bancos.

El arto 258 establece la facultad de la Superintendencia para definir el capital mínimo para el inicio de operaciones de la nueva entidad. Definiendo también que las aportaciones que se hagan para formar el capital, son de carácter irreversible y por Ministerio de la ley son patrimonio exclusivo de la nueva entidad. Igualmente para las utilidades o excedentes netos y las donaciones, las cuales se incorporan con el mismo carácter al patrimonio .

Asimismo éste artículo establece taxativamente las operaciones que pueden realizar, las nuevas entidades. En este sentido la Superintendencia es muy rígida y ha expresado que no permitirá operaciones que no estén definidas en este artículo. Salvo aquellas que expresamente y a su juicio autorice la Superintendencia, por permitirlo así el numeral 5) de éste artículo.

El arto 259, establece la aplicación a las nuevas entidades del Régimen Legal prescrito en la Ley de Bancos, o sea lo que comúnmente se llama, privilegios bancarios para las acciones de carácter judicial y la notarización de obligaciones.

El arto.3 de la reforma, establece la subordinación de las auditorias internas de las nuevas entidades a la Superintendencia.

El arto. 4 de la reforma establece la vigencia de la misma Ley de Reforma.

En resumen los Arto. 2 y 3 de la ley de reforma son los que crean y establecen las regulaciones aplicables a las nuevas entidades.

En la práctica todavía no ha sido autorizada a operar ninguna entidad de este tipo. Conocemos que hay varias, dos o tres, que se encuentran en la etapa preliminar de obtener la Personalidad Jurídica en la Asamblea Nacional, habiendo sostenido varias reuniones previas, con la Superintendencia de Bancos, en función de definir aspectos no detallados en la Ley y que son de la competencia de dicho ente, como es la cuantía del capital mínimo inicial y la composición del mismo, el cual ha sido fijado en Un Millón de Córdobas (US$100.000.00) ; las posibles aportaciones de cartera, inmuebles, equipo. La definición de Manuales de organización, funciones, operativos, de cuentas etc.

Es importante hacer notar, que aún dentro de los esquemas con que normalmente actúa la Superintendencia, ésta se ha mostrado bastante amplia en la discusión de los mecanismos de organización y demás detalles propios de la creación de las nuevas entidades, más aún cuando se trata de una experiencia nueva, tanto para dicho ente como para las ONGs.

En cuanto a lo tributario, las Entidades Financieras No Bancarias Sin Fines de Lucro, están exentas en el desarrollo de sus operaciones, del pago de impuestos de acuerdo a lo que establece el numeral 5) del Arto. 15 de la Legislación Tributaria Común, para las asociaciones sin fines de lucro. Con las salvedades relativas al pago de ciertas cargas impositivas que otras leyes tributarias secundarias establecen, como es el caso del pago de IGV en compras locales, los techos en la importación de bienes etc.

No encontramos en la legislación tributaria actual, ninguna disposición que excluya a estas nuevas entidades de los beneficios fiscales que la ley contempla para el resto de organismos sin fines de lucro.

Poco podemos agregar en relación al funcionamiento de las Entidades Financieras No Bancarias Sin Fines de Lucro, en tanto no hemos acumulado la experiencia operativa de las mismas. Todo es nuevo, lo que sí estamos seguros es que ellas representan una excelente oportunidad para lograr metas mejores, en la atención a los sectores populares, actualmente con muy pocas esperanzas, de aspirar a su desarrollo humano.

5.- Coordinación con otros sectores

El desarrollo de la actividad de crédito de las ONGs y los diferentes problemas que inciden sobre la misma, ha potenciado su capacidad de respuesta, en la búsqueda de soluciones a tales problemas.

En éste sentido frente a la necesidad de captar recursos, tenemos en proceso iniciativas interesantes, que a continuación brevemente reseñamos:

1.- Iniciativa FOCAD

Un grupo de ONGs nicarag¸enses, está conformando un consorcio para crear el denominado Fondo de Crédito Alternativo para el Desarrollo (FOCAD), constituyendo para ello un nuevo organismo, bajo la figura de Asociación Civil Sin Fines de Lucro. Iniciativa novedosa, ya que su objetivo es crear una intermediaria financiera de segundo nivel, para financiar proyectos de los ONGs. La captación de recursos tendría como fuente principal la reconversión de la deuda externa, pudiéndose también incorporar al fondo, recursos provenientes de donaciones y también de préstamos que le puedan otorgar organismos financieros nacionales o internacionales.

2.- Fondo de Crédito Rural

Como instancia para sustituir al Banco Nacional de Desarrollo, ente estatal recientemente liquidado, el Gobierno de Nicaragua remitió a la Asamblea Nacional un proyecto de ley para crear el denominado Fondo de Crédito Rural, destinado a financiar las actividades agropecuarias de pequeños y medianos productores, el cual funcionará adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería. La forma de operar de dicho Fondo será, la intermediaria financiera, canalizando sus recursos por medio de instituciones u organismos que operan crédito rural, en los cuales de acuerdo con el proyecto de ley están contemplados los ONGs.

Si bien el espíritu del proyecto pretende llenar un vacío creado por el mismo Gobierno al liquidar el Banco Nacional de Desarrollo, la iniciativa de ley ha enfrentado serios cuestionamientos, tanto de parte de sectores de la Asamblea Nacional como de organizaciones de productores agropecuarios, por cuanto los recursos destinados por el Gobierno al Fondo son excesivamente limitados y no se corresponden en ninguna medida con las demandas del sector que pretende cubrir. Por otra parte los montos a financiar por manzana de cultivo, son sumamente inferiores al costo real de producción. Además persiste la desconfianza política , alimentada por la experiencia negativa de lo que fue el Banco Nacional de Desarrollo, referida a que la administración del Fondo proceda a privilegiar a determinados sectores y el crédito no cumpla con su objetivo, de atender a los pequeños y medianos productores .

6.- Perspectivas

Desde mi punto de vista el futuro de las ONGs nicarag¸enses que operan crédito, tiene la siguiente perspectiva:

a. En un mediano plazo, tomando en consideración los factores que inciden en la actividad de crédito y que ya hemos analizado, las ONGs que operan crédito, tendrán que separar jurídica y administrativamente, la actividad de crédito de la actividad asistencial, humanitaria y de promoción.

b. Considerando la existencia de muchas ONGs que operan crédito, pero que su estructura administrativa y financiera es muy limitada, éstas deberán sumar esfuerzos y agruparse, conformando organismos más fuertes que puedan operar en territorios determinados y financiar actividades específicas.

c. La separación de la actividad de crédito, implica como una de sus alternativas más viables, la creación de nuevas Entidades Financieras No Bancarias Sin Fines de Lucro y en consecuencia la mejor definición de los mecanismos regulatorios y el reforzamiento de la Superintendencia para atender de una forma más amplia a las nuevas entidades.

d. Las modalidades de otorgamiento de crédito, desde una perspectiva de formalidad administrativa y resultados financieros positivos, producirá una selectividad natural de los usuarios de crédito, en base a eficiencia en el aprovechamiento productivo del crédito y niveles altos de responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones. Lo anterior significa que quedarán grupos de población que no podrán ser atendidos con el crédito, por no llenar los requisitos exigidos. En consecuencia las ONGs deberán crear nuevas modalidades que permitan brindar a éstos grupos la oportunidad de mejorar sus condiciones de vida.

e. Los servicios de capacitación y asistencia técnica, deberán ser brindados fuera de las nuevas entidades de crédito, ya que los mismos encarecerían demasiado los costos operativos y no podrían ser cubiertos por la entidad. Por ello las ONGs tradicionales, deberán aprestarse para mejorar y consolidar esta clase de servicios y ofertarlos a las nuevas entidades, en condiciones que no violenten la estructura financiera de los créditos a otorgarse.

f. Las ONGs que persistan en la actividad de crédito sin instancias regulatorias o supervisoras, perderán en gran medida sus fuentes de recursos.

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