MARCO JURIDICO QUE REGULA A LAS ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO EN CENTROAMERICA

Honduras

Introducción

El tema de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL), término común utilizado para designar las distintas formas en que los ciudadanos se pueden agrupar para la satisfacción de necesidades sociales de diverso orden y sin fines de lucro, ha constituido un tema pendiente de discusión en el proceso de democratización que vivimos los centroamericanos.

En Honduras su origen se remonta en la década de los cincuenta, principalmente las iglesias y otras organizaciones de beneficencia e interés social desarrollan acciones de apoyo en zonas marginales, situaciones de desastres naturales o simplemente los casos recién emergentes de niños de y en la calle fruto de las crisis económicas y el "abandono" de estos sectores por el Estado. Curioso es resaltar que el funcionamiento de estas instituciones tuvo en su inicio un carácter eminentemente de beneficencia pública.

A partir de finales de la década de los setenta, el agitamiento social ante los gobiernos de facto -ya en el poder por casi 19 años continuos- hizo que grupos de intelectuales y universitarios con apoyo de las bases obreras y campesinas empezaran a conformar otro tipo de organizaciones, esta vez denominadas no gubernamentales, cuyo fin estratégico era la lucha ante la represión, el autoritarismo y el desconocimiento e irrespeto de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos que estaban siendo desaparecidos o encarcelados por razón de sus ideas.

El cambio cualitativo de este tipo de organizaciones se tradujo con el tiempo en una diferenciación que es solamente formal. Se designará con el nombre de Organización Privada de Desarrollo (OPD) a las OSFL con acciones dirigidas al desarrollo de programas de producción de sectores de poblaciones sin sus necesidades básicas satisfechas y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) a aquellas que tienen por fin la defensa de los derechos civiles y políticos de la ciudadanía (Derechos Humanos o Fundamentales).

En ambos casos el fin era diferenciar sus acciones de aquellas que realiza o deja de realizar el gobierno.

Esto dio lugar al desarrollo del "alternativismo", que no es otra cosa que las propuestas desde la sociedad civil al manejo de temas públicos como la pobreza, el desempleo, el analfabetismo, las coberturas de salud y educación, el retorno a la democracia, la denuncia de los abusos a los derechos humanos, etc.

Este "alternativismo" pasó a ser un calificativo de los proyectos desarrollados por las OSFL, se decía "Proyecto de educación alternativa", "Alternativas para los niños de y en la calle" "Salud alternativa" etc. que validaba proyectos desde la sociedad civil ante la inoperancia o simplemente inexistencia de políticas públicas sobre el tema.

En un inicio las OSFL suplían en ausencia del gobierno o, en el caso de las ONGs, denunciaban y mantenían su oposición y resistencia ante gobiernos autoritarios. Hoy día las consignas de la revisión crítica de su acciones se resumen en el eslogan "De la protesta a la propuesta" o simplemente de lo "alternativo a la completa coparticipación" ya no frente a autoridades de facto sino ante autoridades legítimamente electas que demandan y permiten ese accionar.

Frente a este surgimiento -se podría decir "natural" de las OSFL- se plantearon dos posiciones: la una relacionada con que ese accionar es necesario y se evidencia como una respuesta espontánea de la sociedad civil ante la inoperancia, lo que trae como consecuencia un "dejar hacer" del Estado frente a estas acciones sin regulaciones más que el interés social desarrollado por estas. Y la otra, relacionada a que ese actuar es competencia natural del Estado y que esas intervenciones de las OSFL alteran la existencia de políticas sociales unitarias y consolidadas, lo que provoca de inmediato una necesaria intervención del Estado para regular y fiscalizar estas asociaciones.

La realidad hoy manifiesta es que no existen normas regulatorias de ese funcionamiento. Evidente es que ninguna de las dos posiciones extremistas es sostenible, la una porque ha sido manifiesto el abuso del funcionamiento de algunas OSFL para fines personales o para actuaciones fuera de los límites legales, éticos y sociales y la otra porque es evidente el central rol jugado por las OSFL en el combate a la pobreza, la lucha por la democracia y los derechos humanos en la región.

El papel de estas organizaciones fue clave en el proceso de transición a la democracia, el inicio de la formulación de políticas sociales públicas y el respeto a los derechos humanos de poblaciones en guerra o víctimas de esos conflictos.

En la actualidad frente a gobiernos legítimamente electos la pregunta que surgió es acerca del nuevo papel de estas instituciones que deben pasar de las políticas alternativas a las de responsabilidad compartida con sus autoridades ante los nuevos retos de consolidación democrática, combate a la corrupción, equidad social, lucha contra la pobreza, etc., y un marcado proceso de privatización, desregulación y un achicamiento del Estado en los temas de interés social.

Entre la presente realidad, sin un marco legal y hacia una enmarcación jurídica de las OSFL hay una terra incognita que necesita de información veraz y sin apasionamientos para que el proceso culmine en una regulación y no en un control excesivo por parte de los gobiernos.

El presente Diagnóstico sobre la situación legal y fiscal de las OSFL se debe replantear desde este substrato, hoy más que nunca vigente y en debate en la región.

Los elementos desarrollados desde la perspectiva jurídica servirán a no dudarlo de insumo para este aggiornamiento demandado por la propia sociedad civil organizada y cada vez más manifiesto en las agendas gubernamentales de reglar el funcionamiento de las OSFL de cara al proceso de privatización y descentralización que se engloba en el neoliberalismo hoy galopante.

El presente trabajo hace un análisis de situación sobre el estado de la regulación jurídica vigente, desde su constitución, los controles, el régimen tributario aplicable y las relaciones generales entre el Estado como regulador y las OSFL como coadyuvantes, asimismo se presenta el modelo de Ley de Organizaciones Privadas para el Desarrollo de Honduras generado por las propias OSFL en Honduras que probablemente sea introducido al Congreso Nacional luego de su amplia consulta entre la sociedad civil.

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