MARCO JURIDICO QUE REGULA A LAS ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO EN CENTROAMERICA

Belice

Introducción

Belice es una parte integral del istmo centroamericano pero ha sido aislado y marginado de los otros países centroamericanos por una frontera político-cultural. El reclamo territorial del gobierno de Guatemala ha contribuido a endurecer las barreras entre los dos países, pero la desconfianza, las sospechas y los conceptos erróneos en ambos lados de la frontera estarían presentes aunque no hubiera existido ese reclamo.

Los prejuicios y percepciones que se han desarrollado se basan en dos factores básicos: los dos países fueron colonizados por distintas culturas europeas, la española y la británica; y el segundo en la historia política de Centroamérica y en particular de Guatemala. Para la mayoría de los beliceños, Guatemala, más que cualquier otro país, significa Centroamérica. Es visto como la frontera que separa dos maneras de vida diferentes.

Los británicos, basándose en la fantasía de que estaban ocupando una tierra vacía, procedieron a construir y definir la sociedad prácticamente desde cero. Un puñado de hacendados británicos crearon un sistema social, político, y económico, con el cual lograron subyugar a todos aquellos que luego se incorporaron a la economía política de Belice, usando el sistema de esclavitud que trató de deshumanizar a los africanos que fueron importados como obreros y les negó todos los derechos.

Desde el momento de la colonización oficial a mediados del siglo diecinueve, los británicos utilizaron sus instituciones políticas para establecer sistemas gubernamentales y judiciales en la colonia, y este fue el legado adoptado por el Belice independiente en 1981. Hoy, bajo el modelo "Westminster" de democracia parlamentaria, una Cámara de Representantes, elegida por 29 distritos electorales y dominada por dos partidos políticos, escoge entre sus miembros al líder del partido mayoritario como Primer Ministro, y al líder del partido minoritario como Líder de la Oposición. Un Senado es nominado de la siguiente manera: cinco senadores nombrados por el Primer Ministro, dos por el Líder de la Oposición, y uno por el Gobernador General, quien como representante de la reina británica, ocupa el cargo de Jefe de Estado con funciones principalmente ceremoniales.

El Primer Ministro nombra a su gabinete de ministros entre los miembros de su partido en la Asamblea Nacional, que está compuesta por la Cámara de Representantes y el Senado. El gabinete es el brazo ejecutivo del gobierno, y no existe separación real entre éste y la rama legislativa. El sistema judicial es hasta cierto punto independiente, pero los que ocupan los cargos en las cortes inferiores son, en muchos casos, funcionarios públicos ordinarios, quienes están sujetos a la autoridad ejecutiva, la cual les puede cambiar de puesto según su conveniencia, y la mayoría de los jueces de la Corte Suprema están sujetos a contratos de poca duración, los cuales el ejecutivo puede renovar o no.

Por esta breve descripción se puede ver que existe una concentración tremenda de poder estatal en manos del ejecutivo, a pesar de las convenciones de separación de poderes y de la preeminencia teórica del imperio de la ley. Aunque desde 1981 la constitución es la ley suprema de la nación, y las cortes pueden declarar nulas por inconstitucionalidad cualquier ley aprobada por la legislatura, el sistema fue desarrollado durante un largo período cuando la teoría constitucional británica de la supremacía del Parlamento regía, y el directorio político post-colonial asume que en áreas ambiguas no cubiertas por la constitución ha heredado esta autoridad colonial.

En parte debido al pequeño numero absoluto de representantes en la Cámara, y por ende de la gran proporción de sus miembros en el gabinete, casi nunca cualquier miembro del partido gobernante está en desacuerdo con alguna medida propuesta por el gabinete a la Cámara, y tampoco critica cualquier acción del gobierno. El propio gabinete, gobernado por la convención de la responsabilidad colectiva, es un organismo monolítico, y el poder de su presidente, el Primer Ministro, le convierte casi en un líder supremo, ya que tiene varios poderes definidos constitucionalmente, los cuales le dan mucha influencia sobre sus ministros.

Hay que enfatizar que este fenómeno, que podríamos llamar cultura de autoritarismo, se extiende en todas las otras áreas de la sociedad civil. Esta se aplica por ejemplo en la familia, la educación, las iglesias y especialmente en las relaciones patrón/trabajador.

El pueblo beliceño nunca ha disfrutado de una cultura de libertad, nunca ha tenido la oportunidad de practicar la democracia. La gente vive en una democracia constitucional cuyas estructuras no surgieron de las relaciones sociales de producción doméstica. Este modelo trasplantado, de la manera aplicada en Belice, ha resultado ser un sistema "democrático" frágil, donde aunque se llevan a cabo regularmente elecciones que son "libres y justas y libres de temor", las oportunidades para la práctica autoritaria de parte de los gobernantes no aparecen como una aberración inimaginable o excepcional sino como una parte integral de las estructuras sociales, económicas y políticas.

El estado de Belice, recientemente independizado, con sus estructuras democráticas formales, se puede comprender solamente dentro de su contexto histórico, con su largo periódo de gobierno colonial autoritario y con una independencia lograda por medio de la negociación de sus líderes con el poder colonial, excluyendo conscientemente a las masas de ese proceso.

Belice ha visto cambios en su modo de producción dominante, de la esclavitud al capitalismo; en su economía, de la silvicultura a agricultura; en su estatus internacional, de clonia a estado independiente, y en sus gobiernos han tenido un poder prácticamente absoluto, y la mayoría de la población se ha mantenido pobre y sin poder, explotado y marginado.

El sistema judicial en Belice se basa en el "common law" de Inglaterra, es decir, en leyes e interpretaciones de leyes desarrolladas por las cortes en Gran Bretaña y su Mancomunidad. Aunque la legislatura local aprueba leyes que pueden invalidar al "common law", las interpretaciones desarrolladas en el sistema británico, si son aplicables y todavía tienen mucho peso. A pesar de que Belice tiene su propia Corte Suprema y su Corte de Apelación, la ultima autoridad legal para apelaciones continua siendo el "Privy Council" de la Cámara de Lores británica en Londres.

Bajo el sistema legal británico seguido por Belice, hay en la práctica dos fuentes de leyes: el parlamento y las cortes. El alcance de la aplicación del "common law" de Inglaterra en Belice todavía no está determinado, como lo ilustra el siguiente caso reciente cargado de elementos políticos. En octubre de 1997 el partido mayoritario en la Cámara de Representantes llevó a cabo un juicio contra un miembro, lo declaró culpable y ordenó al presidente de la Cámara castigarlo. El miembro llevó el asunto a la Corte Suprema, argumentando que la constitución y la ley que gobierna la Cámara no le da esos poderes. La Corte declaró que la Cámara si tenía esos poderes, porque la "House of Commons" los tiene, y que la ley de costumbre inglesa relacionada con ese tema rige en Belice. Aunque esa decisión irónicamente será anulada por el Privy Council, demuestra con claridad nuestro argumento.

Como resultado de la tradición británica de las instituciones de Estado, las leyes beliceñas no son exhaustivas ni codificadas, y muchas áreas son gobernadas por la práctica tradicional. Un área para la cual prácticamente no existe legislación (las excepciones son mencionadas más adelante) es la relacionada con las organizaciones sin fines de lucro o no gubernamentales. Por lo tanto, el informe sobre Belice no puede ser detallado o tener una historia relacionada a los cambios legales que pueden tener los informes de otros países centroamericanos. Nos enfrentamos a una situación muy diferente y lo que se informa aquí refleja la realidad única de Belice.

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